Revista Latinoamericana de Derechos Humanos |
La problemática de los pueblos originarios en la Argentina y el impacto social de la gestión de los bosques nativos Indigenous Peoples’ Problems in Argentina and Social Impacts of Native Forest Management O problema dos povos originais na Argentina e o impacto social da gestão de florestas nativas Claudia Luna1 |
Resumen Los pueblos originarios tienen reconocidos, en el sistema legal de la República Argentina, sus derechos de propiedad sobre los territorios que tradicionalmente ocupan. A pesar de ello, se advierte una profunda diferencia entre la normativa y el goce y ejercicio efectivo de sus derechos. El objetivo de este trabajo es poner en conocimiento la situación actual de los pueblos originarios de la República Argentina, la relación entre el Estado, el sector privado y las comunidades indígenas; la intervención del Estado ante las denuncias por manejo irresponsable de los recursos forestales y las problemáticas que presentan con respecto a la transformación sufrida por los bosques nativos correspondientes para que se tome conciencia de un tema que ha ocasionado pérdidas irreparables de sus bienes naturales, culturales e históricos. En este contexto es un hecho que, para las comunidades indígenas que habitan los bosques nativos, los cambios tecnológicos de la sociedad industrial y las incursiones de los actores de la economía de mercado requieren de un continuo ajuste para poder sobrevivir. La limitada capacidad de adecuación a las demandas de la sociedad no-indígena hace que los cambios les afecten de forma especial. Por ello estos grupos se encuentran en una encrucijada que se ha agravado rápidamente por los cambios dramáticos de su medio ambiente durante los últimos años: la pérdida de la diversidad biológica erosiona su base material de sobrevivencia y la pérdida de tradiciones culturales debilita su base de valores y sus estructuras sociales. Palabras clave: indígenas, recursos nativos, territorio ancestral, derechos. Abstract The native peoples have recognized, in the legal system of the Argentine Republic, their property rights over the territories they traditionally occupy. Despite this, there is a profound difference between the regulations and the effective enjoyment and exercise of their rights. The objective of this work is to bring to light the following aspects: the current situation of the native peoples in Argentine Republic; the relationship between the State, the private sector and the indigenous communities; the intervention of the State in the face of complaints of irresponsible management of forest resources and the problems raised with regard to the transformation suffered by the corresponding native forests in order to raise awareness of an issue that has caused irreparable losses of natural, cultural and historical assets of the indigenous peoples. In this context, it is a fact that, for the indigenous communities that inhabit the native forests, the technological changes of the industrial society and the incursions of the actors of the market economy require a continuous adjustment in order to survive. The limited capacity to adapt to the demands of the non-indigenous society makes the changes affect the native communities in a special way. That is why these groups are at a crossroad that has worsened rapidly by the dramatic changes of their environment in recent years: the loss of biological diversity erodes their material base for survival, and the loss of cultural traditions weakens their base of values and social structures. Keywords: indigenous, native resources, ancestral territory, rights. Resumo No sistema jurídico da República Argentina, aos povos indígenas são reconhecidos seus direitos de propriedade sobre os territórios que tradicionalmente ocupam. Apesar disso, existe uma profunda diferença entre os regulamentos e o gozo e exercício efetivo de seus direitos. O objetivo deste trabalho é informar a situação atual dos povos indígenas da República Argentina, a relação entre o Estado, o setor privado e as comunidades indígenas; intervenção do Estado em resposta a reclamações sobre a gestão irresponsável de recursos florestais e os problemas que eles apresentam em relação à transformação sofrida pelas florestas nativas correspondentes, para que eles se tornem conscientes de uma questão que causou perdas irreparáveis de seus bens naturais, culturais e históricos. Nesse contexto, é verdade que, para as comunidades indígenas que habitam as florestas nativas, as mudanças tecnológicas da sociedade industrial e as incursões dos atores da economia de mercado requerem um ajuste contínuo para sobreviver. A capacidade limitada de adaptação às demandas da sociedade não indígena significa que as mudanças às afetam de maneira especial. É por isso que esses grupos estão em uma encruzilhada que foi rapidamente agravada pelas mudanças dramáticas de seu ambiente nos últimos anos: a perda da diversidade biológica corrói sua base material de sobrevivência e a perda de tradições culturais enfraquece sua base de valores, e suas estruturas sociais. Palavras chave: indígenas, recursos nativos, território ancestral, direitos. |
Introducción
Las comunidades indígenas son definidas como conjuntos de familias que se reconocen como tales por descender de poblaciones que habitaban el territorio nacional en la época de la conquista o colonización e indígenas o indios (Alanda y Victoria, 2016). Los pueblos indígenas tienen reconocido en el sistema legal de la República Argentina sus derechos de propiedad sobre los territorios que tradicionalmente ocupan. A pesar de ello, se advierte una profunda diferencia entre la normativa y el goce y ejercicio efectivo de sus derechos (CELS, 2016).
Un gran número de personas se abastece del bosque nativo para aprovisionarse de combustible, alimento, postes, etc. Las estadísticas indican que el 2,4% de la población de la Argentina se considera descendiente de pueblos indígenas (INDEC, 2010). En general, los distintos grupos aborígenes se localizan en zonas donde hay bosques nativos. Las comunidades indígenas tienen un conocimiento muy preciso de su territorio y han elaborado tecnologías específicas para aprovechar sus recursos naturales, satisfacer sus necesidades básicas y resolver sus problemas de salud (Orzuza, 2013).
De acuerdo con lo que establece el Convenio 169 de la OIT, el término “tierra” debe incluir el concepto de territorios, lo que cubre la totalidad del hábitat que los pueblos indígenas ocupan o utilizan de alguna otra manera. Mientras que, en el caso de los pueblos indígenas agricultores, tierra y territorio se consideran con las mismas implicancias, para los pueblos indígenas que viven en los bosques sus tierras son el espacio físico donde viven y parte de su territorio es el bosque de donde obtienen sus alimentos, plantas medicinales y otros elementos necesarios para mantener su cultura y pervivencia (UNICEF, 2008).
La Constitución Nacional Argentina y el Código Civil y Comercial de la Nación reconocen el derecho de propiedad de las tierras tradicionalmente ocupadas por los pueblos indígenas. Además, hasta noviembre de 2017 se encuentra vigente la ley 26.160, la que, ante la emergencia generada por los numerosos desalojos de los pueblos indígenas de sus territorios, dispuso suspender la ejecución de los procedimientos y sentencias de desalojo y realizar un relevamiento de sus territorios para realizar una “regularización dominial”. A pesar de la importancia de la norma para frenar los desalojos, ella no tiene entre sus objetivos que el Estado realice, luego de las medidas de relevamiento, la titulación de los territorios a nombre de los pueblos indígenas (CELS, 2016).
En un contexto actual, provincias tales como Formosa, Salta y Neuquén han formalizado la posesión de tierras en beneficio de aborígenes bajo la forma de propiedad comunitaria, y en otras hay iniciativas al respecto, tal es el caso de Jujuy y Chubut. Chaco y también Misiones han tomado la iniciativa de gestionar el registro de la personería jurídica de las comunidades para la restitución de sus territorios, más todos los derechos reconocidos de sus territorios por el Estado, en virtud de las leyes y de la Constitución (Frites, 2011).
En los últimos años, Argentina ha vivido una expansión sin igual de cultivos agrícolas hasta llegar a los 18 millones de hectáreas que son, ni más ni menos, que el 50% del total de las tierras cultivables del país. Esta expansión hacia tierras casi vírgenes provocó enfrentamientos con los pueblos originarios (se calcula que serían unas 42 millones de hectáreas las cubiertas por bosques nativos), lo que llevó al Gobierno federal a aprobar en 2008 la Ley de Bosques. En virtud de ella, se dictaba una moratoria en la tala y desmonte hasta que cada provincia realizase “de manera participativa” un plan de uso sustentable de los bosques nativos y se facultaba a los gobiernos provinciales no solo para crear un fondo económico para preservar los bosques nativos, donde se ubican gran parte de los poblados indígenas, sino para decidir qué uso se les daba. Con esta ley, enmarcada en la Declaración de Derechos de los Pueblos Indígenas aprobada por la ONU un año antes, debían ser los pueblos indígenas quienes administrasen los recursos de “sus” bosques (Cruz, 2010).
Hay evidencias arqueológicas que demuestran que los grupos indígenas habitan las tierras de lo que hoy es Argentina desde hace unos 12.000 años. El número de personas pertenecientes a pueblos indígenas en Argentina no se conoce con exactitud, pero en el Censo 2001, 1 millón de personas (3% de la población total) se autorreconoció como indígena. Hay 24 pueblos indígenas en Argentina, entre los cuales los kollas, los diaguitas, los mapuches, los wichís y los tobas son los grupos más numerosos. Según el Censo 2001, 41,6% de la población indígena vive en áreas rurales, de la cual la mayor parte habita en las provincias de NEA (Chaco, Corrientes, Misiones y Formosa) y NOA (Catamarca, Jujuy, Santiago del Estero, Salta y Tucumán) (Figura1) (ANSES, 2010).
El territorio de las comunidades, aun el de aquellas pocas que han logrado obtener la titularización, se encuentra en peligro por no estar asegurado efectivamente el control de sus recursos naturales. En los últimos años se han verificado algunos logros en cuanto a la titularización de tierras comunitarias, pero simultáneamente también existió una explosión de las autorizaciones de desmontes, aprovechamientos forestales o mineros que ponen en riesgo el equilibrio comunitario. Se plantea, además, una grave preocupación por la contaminación ambiental ocasionada por tales actividades, realizadas sin serios estudios de impacto ambiental ni audiencias participativas (CELS, 2016).
La ausencia de consulta en los temas que puedan afectar a los pueblos indígenas se exhibe en la respuesta del Estado a la histórica demanda en este sentido: creó un Consejo Consultivo de Participación de los Pueblos Indígenas de Argentina sin haber consultado con los mismos pueblos indígenas. El Poder Ejecutivo Nacional dictó el decreto 672/2016 de creación del mencionado organismo, pero omitió realizar la consulta sobre este importante aspecto a todos los pueblos indígenas involucrados.
Ello motivó que numerosas organizaciones indígenas, a través del Parlamento de Naciones Originarias, manifiesten su rechazo por tratarse de un decreto elaborado y aprobado sin participación ni consulta a los pueblos, organizaciones y comunidades indígenas de todo el país; no aborda las demandas fundamentales (ley de propiedad comunitaria de la tierra y el derecho al consentimiento, libre, previo e informado a través de la realización de la consulta que el gobierno está obligado a realizar); se propone conformar un Consejo Consultivo con representantes de autoridades indígenas de toda Argentina, que atienda la emergencia y la coyuntura, la mayor amenaza en los territorios indígenas, como es la industria extractiva, desmonte, desplazamiento de comunidades, desalojo, judicialización, agro tóxicos, entre otros (CELS, 2016).
Figura 1. Mapa de distribución territorial de las comunidades de los pueblos originarios de la República Argentina. Adaptado de Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Secretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural. Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (2010).
En cuanto al problema de la relación entre el Estado, el sector privado y las comunidades indígenas, es de público conocimiento que existe poca o nula intervención del Estado provincial y nacional ante las denuncias por manejo irresponsable de los recursos forestales; discriminación de parte de los Estados provinciales cuando las comunidades aborígenes presentan planes de ordenación de bosques nativos y criterios de extracción; la no participación en la toma de decisiones para la elaboración de las leyes de bosques nativos. También existe una marcada falta de recursos para sustentar los gastos comunitarios de los pueblos indígenas, hecho que los lleva a explotar el bosque sin asistencia técnica ni inversión que les permita hacer un buen manejo de los recursos por falta de presupuesto y ausencia de planes de manejo de los recursos forestales. Ello, más el manejo político de la promoción por parte del Estado para atraer capitales privados para proyectos vinculados al turismo, minería, industria del papel y la madera, y al sector agropecuario, conlleva al desplazamiento forzoso de las comunidades, genera aglomeraciones y no les permite el buen aprovechamiento de la tierra (CAG, 2010).
Con respecto a la deforestación en territorio ancestral, un caso particular se da en la denominada región chaqueña: el 22% de la superficie continental de la Argentina corresponde a la ecorregión del Gran Chaco Americano, la cual abarca total o parcialmente trece provincias del norte del país. La región chaqueña argentina constituye el territorio ancestral de numerosos pueblos indígenas, como el pueblo wichí, iyojwaja (chorote), nivaklé (chulupí), qom (toba), moqoit (mocoví), que se suman a los numerosos pueblos que habitan la región en Paraguay y Bolivia, los que, en algunos casos, son pueblos transfronterizos. Según la Encuesta Complementaria de Pueblos Indígenas (ECPI) del INDEC, del año 2004, 136 mil personas que pertenecen a pueblos indígenas habitan en el chaco argentino. Los bosques secos de esta región atraviesan un fuerte proceso de deforestación, con la habilitación de nuevas tierras para monocultivos como la soja, en su mayor parte por vía de desmontes. Frente a esta conflictividad creciente relacionada con la tierra y el territorio, y por el reclamo de organizaciones indígenas, campesinas y de derechos humanos, se sancionaron, además de la ley N.° 26.160 mencionada, las leyes N.° 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos y la N.° 26.737 de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales, conocida como Ley contra la Extranjerización de la Tierra (CELS, 2016).
Lo grave de esta situación pasa por las presiones que sufren las comunidades indígenas, a raíz de los pedidos de autorización de desmontes y cultivos sobre sus territorios tradicionales, sin que se hayan relevado la totalidad de las comunidades indígenas y sus territorios ni, tampoco, adoptado las medidas adecuadas para que cuenten con el título que les brinde seguridad jurídica. Los casos de Salta y Formosa son especialmente preocupantes, pues en la primera se observan serios problemas de monitoreo y mecanismos participativos alternativos para habilitar tierras para desmontes, mientras que en la segunda existe ordenamiento de bosques donde apenas se define la protección de un 25 % de los bosques nativos en la provincia de Formosa, lo cual deja al resto en condiciones de permitir el avance de desmontes sin que se hayan resuelto previamente las reivindicaciones de los derechos territoriales de los pueblos indígenas (CELS, 2016).
A manera de ejemplo sobre la situación de los pueblos originarios se refieren algunas comunidades más representativas:
Comunidades kolla: Se emplazan en la parte occidental del noroeste argentino (NOA), particularmente en tres zonas: la Puna cuya altitud supera los 4000 m.s.n.m., de clima árido andino, caracterizada por la sequedad, el frío y fuertes vientos; a distancias que alcanzan los 1750 km desde la capital del país; la Quebrada de Humahuaca con altitudes entre 600 y 2000 m.s.n.m.; y los valles andinos de altura; a más de 1700 km de la capital federal. La explotación de los recursos forestales y naturales afecta la ecología y la salud indígena, a la vez que genera escasos puestos de trabajo; por lo que se convierte en una amenaza para los kolla (Golluscio, 2008; Soruco Wayne, 2010). El pueblo kolla transita hoy el camino del fortalecimiento de la identidad, la revalorización de tradiciones y el reclamo de sus derechos constitucionales. En el noroeste argentino hay más de 50.000 personas que se autorreconocen kollas y muchas de ellas viven en comunidades y están nucleadas en organizaciones (Ministerio de Educación y Deportes de la Nación, 2016).
Comunidades wichí: habitan en la zona del “Gran Chaco”, catalogada como el segundo ecosistema de importancia en Latinoamérica, después de la Amazonía, y que se extiende en la parte oriental del NOA (van Dam, 2000). La desertificación de las tierras a causa de la ganadería provoca períodos de hambre e inanición a los pueblos wichí, haciéndolos depender mucho más de empleos ocasionales para sobrevivir (Survival-International, 2010a). Las ocupaciones más frecuentes son de cosecheros en las fincas criollas, peones en ingenios de azúcar o algodón, o trabajadores golondrina en otras provincias. Sin embargo, la falta de trabajo es generalizada (Golluscio, 2008). En marzo de 2006 hubo graves inundaciones, aceleradas por la deforestación, que provocaron la disminución de la vida animal y la diversidad vegetal en el monte (Survival-International, 2010a), desplazamientos forzados y pérdida de tierras relacionados al avance de la frontera agrícola para monocultivo de soja, la explotación petrolera y forestal. Se calcula que desde 1988 hasta el 2009 se deforestaron aproximadamente 2,3 millones de hectáreas en la zona (WRM, 2009).
Las comunidades vecinas wichí San José (Chustaj Lhokwe) y cuchuyy sufren un proceso de pérdida de sus territorios ancestrales ante el avance de la deforestación. Se suma un proceso de compra y venta de los títulos de las tierras donde habitan, por parte de empresas y particulares. Así se ha venido expulsando a los grupos indígenas hacia los centros urbanos y otros aún permanecen resistiendo en espacios reducidos con pérdida de sus bosques y bienes naturales, culturales e históricos. Esto ha desencadenado diversos conflictos tanto con comuniades vecinas campesinas como con las empresas que ejercen presión sobre las comunidades para que abandonen y cedan derechos sobre sus territorios a fin de poder desmontarlas. Actualmente la aplicación de agroquímicos sobre los campos que ya están en producción ha afectado las fuentes de aguas naturales y la salud de miembros del pueblo Wichi que se encuentra rodeada de grandes extensiones de cultivos de soja, maíz y poroto (CELS, 2016).
Guaraníes: Constituyen uno de los pueblos indígenas de mayor presencia territorial en el continente americano. Habitan desde hace más de dos mil años estos vastos territorios. Son pueblos con alta movilidad, pero esto no quiere decir que son nómadas sin residencia fija; de hecho, viven en aldeas de diverso tamaño y son buenos agricultores (EMGC, 2016). Son de origen amazónico; y se ubican en comunidades al oeste del Gran Chaco. (Survival-International, 2010b). Habitan comunidades rurales, urbanas o periurbanas, generalmente en terrenos fiscales (Golluscio, 2008). La actividad petrolera amenaza con la biodiversidad de la Selva de Yungas y Pedemonte Andino donde habitan los pueblos guaraníes (Soruco Wayne, 2010).
A pesar del reconocimiento de los pueblos guaraníes en la Argentina basado en la Reforma Constitucional del año 1994, y la aprobación del Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas, de la Organización Internacional del Trabajo, vigente en la Argentina desde el año 2001. en el 2006 se dictó la Ley Nacional 26.160 de “Emergencia Territorial Indígena” que ordena el relevamiento de los territorios de uso de las comunidades y suspende los desalojos. Esta reserva taxativa debería impedir cualquier acto en este sentido desde fines del año 2006; sin embargo, durante el período de vigencia de esta ley se verificaron en Misiones nuevos actos de desalojo, sin intervención de la Dirección de Asuntos Guaraníes (DAG) en apoyo a las comunidades amenazadas, además del caso de Alecrín, ya mencionado arriba. Uno de ellos afectó a las familias localizadas en Mbokajaty (San Ignacio), con personal policial acompañando a un presunto propietario de la tierra. Otro caso se verificó en Ysyry, con cercado por parte de un propietario lindero del arroyo en el que se acopian de agua las 18 familias, así como destrucción de casas, sembrado e intimidación a menores de edad y mujeres con disparos de armas de fuego por parte de personal de ese establecimiento. La comunidad decidió presentar el reclamo judicial en el mes de septiembre, a la vez que demandó al INAI el urgente reconocimiento de sus territorios.
También en el Alto Uruguay, las aldeas Arachá Poty, Takuaruchú, Kapi’í Yvaté y Tekoá Ymá denunciaron en reiteradas oportunidades ante las autoridades provinciales sobre las tareas de desmonte, aparentemente autorizadas en algunos casos por el Ministerio del ramo, identificaron al menos a dos de ellas: las empresas Moconá S.A. y Harriet S.A. En los meses previos al relevamiento territorial, la comunidad de Tekoá Ymá sufrió la presencia de grupos de intrusos que marcaban árboles para el desmonte. El caso es especialmente grave, ya que Tekoá Ymá, al igual que las restantes, se encuentra en plena Reserva de Biósfera Yaboty, con un reconocimiento de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) que, obviamente, requiere especiales cuidados y tratamientos del ecosistema, con compromiso de control gubernamental; tema sobre el que volveremos más adelante, al considerar el tratamiento que se ha hecho en Misiones de la Ley de Bosques (EMGC, 2016; Gorosito Kramer, 2013).
Fueron también afectadas por intentos de desalojo las familias que componen la comunidad de Ka´á Kupé, presionadas por la empresa CARBA S.A. En la misma región, Tekoá Porá y guaraní han sufrido el desmonte de los sucesivos titulares registrales: Papel Misionero y Banco Macro. En cercanías de la localidad de San Pedro, la comunidad Tekoá Arandú o Pozo Azul no solo ha sufrido el saqueo de sus montes, sino que además su cacique fue incriminado como responsable del apeo ilegal, en un intento frustrado de la DAG por destituirlo, ya que se contaba entre los líderes comunitarios críticos al desempeño del organismo provincial y de su titular (Gorosito Kramer, 2013).
En la evaluación sobre el cumplimiento del pacto internacional de derechos civiles y políticos en Argentina en el marco de la presentación del quinto informe periódico ante el Comité de Derechos Humanos en su 117° período de sesiones de 2016 (CELS, 2016), reconoce una serie de casos emblemáticos de conflictos de tierras aborígenes y violaciones a sus derechos (Tabla 1).
Tabla 1
Casos emblemáticos de los pueblos originarios de la Argentina
Caso |
Reclamo |
Pueblo |
Fallo |
Miraflores, General Güemes- Chaco |
Recuperar territorio originario en la ciudad de Juan José Castelli (Chaco). |
Qom y Wichí |
Favorable al derecho a la propiedad comunitaria indígena. A la fecha el poder ejecutivo no formalizó propuesta de garantía del derecho. |
Reserva Grande o Reserva Del Oeste, General Güemes - Chaco |
Reconocimiento de persona jurídica de orden público no estatal de la organización MOWITOB para administrar los territorios. |
Qom, Wichí y Moqoit |
Decretos del Poder Ejecutivo Provincial que dividieron el territorio y reconocieron ocupaciones no indígenas. A la fecha no existe título de propiedad. |
Comunidad Wichi El Pajarito, Patiño-Formosa. |
Entrega de documentos de identidad. Impedir la tramitación de personería jurídica a sus comunidades. |
Wichi |
Aún sin tramitación de títulos comunitarios de tierra y también ha sido negada la personería jurídica indígena. |
Asociación de Comunidades Aborígenes Lhaka Honhat (Nuestra Tierra). |
Falta de reconocimiento legal del territorio de ocupación tradicional de las comunidades indígenas de Salta. |
71 comunidades |
La Comisión Interamericana aprobó y declaró violado diversos derechos consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y realizó recomendaciones al Estado argentino para garantizar el territorio ancestral en reclamo. |
Salas y otros contra la provincia de Salta y gobierno nacional. |
Cese del desmonte de bosques nativos en los Departamentos de San Martín, Orán, Rivadavia y Santa Victoria (Salta). |
comunidades aborígenes y criollas de Salta |
Se realiza presentación ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación debido a la continuidad de los desmontes, y la Corte entendió que no tenía competencia pues atañe al poder de policía que ostentan las provincias. |
Fuente: Alanda y Victoria, 2016.
Por su parte las comunidades proponen que el Estado demuestre mayor interés frente a los petitorios de las organizaciones aborígenes; bregue por el cumplimiento de la legislación indígena ante el estado municipal, provincial, y nacional; que promueva convenios entre las comunidades aborígenes y el gobierno para garantizar la ejecución de proyectos, que contemplen la asociación entre universidades nacionales, instituciones académicas y de investigación, etc., aportando estos últimos la parte técnica; todo ello, si bien se encuentra contemplado en el marco de las leyes nacionales y provinciales de bosques, existe una falta de articulación para llevarlo a cabo.
Por otra parte, a través de los organismos que tienen competencia sobre el control del medio ambiente y de los recursos naturales existentes, debería establecerse una legislación y códigos ambientales sobre los recursos de los territorios o áreas restringidas en posesión de los grupos indígenas (SAyDS, 2010). Además, establecer programas de control sobre el uso sustentable de los recursos naturales del bosque, con base en la investigación científica y en la experiencia en el manejo de los recursos más importantes: a. Productos de la madera; b. Fauna silvestre, aves regionales, peces, productores de la miel (apicultura). Y en lo que ataña a esto, establecer un nivel de usufructo realista y sustentable para las especies, monitoreando su existencia y diversidad en niveles razonables; debido a que la ética de la sustentabilidad actualmente no se funda en la ley natural (Leff, 2002).
También debería llamarse a concertar la creación de financiamiento de programas de proyectos indígenas para efectivizar la conservación de los bosques y la capacitación de los pueblos aborígenes, y premiar en forma de incentivos a las comunidades que mejor cuidan su monte. Y no menos importante, sería resolver el problema de la asignación de la propiedad de la tierra de aborígenes. Alambrar o delimitar las extensiones de tierras o reservas indígenas para evitar saqueos e incendios.
Es claro que no existe suficiente información en nuestro país para planificar programas y proyectos de reparación y explotación sustentable de los recursos forestales nativos. Por tanto, a partir de la información de carácter cualitativo obtenida, se procurará determinar los fundamentos y estrategias necesarios para inducir a la dirigencia en la adopción de decisiones destinadas a dar sustentabilidad a la utilización de los recursos que se extraen del bosque nativo y, además, establecer alianzas y acciones entre los actores sociales involucrados en el uso y aprovechamiento del bosque (FAO, 2004).
Con respecto al valor cultural del bosque nativo, La ley valora explícitamente su aporte en la defensa de las identidades culturales del campesinado y pueblos originarios (REDAF, 2008) que residen, efectivamente, en las proximidades de extensiones de bosque nativo; indagar sobre los usos culturales y ancestrales es casi una redundancia en toda la bibliografía producida por ciencias como la antropología social, el folklore y las diversas variedades de etnociencia. Es evidente el vínculo indisoluble que une los sistemas religiosos, simbólicos y de tradiciones de estas comunidades con su entorno boscoso. Por ello, los bosques nativos son considerados generalmente una necesidad absoluta para la continuidad de los modos de vida tradicionales de estos pueblos (García, Panizza y Paruelo, 2013).
También hay que destacar los avances en el reconocimiento de sus derechos; como que, tras 17 años de negociación, la Organización de los Estados Americanos (OEA) adoptó la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. A pesar de ello, en todo el continente los pueblos indígenas continuaron siendo víctimas de abusos contra sus derechos a sus tierras, territorios, recursos naturales y cultura. En Argentina, como en otros países latinoamericanos, la realidad para miles de personas era una vida empobrecida por la exclusión, pobreza, desigualdad y discriminación (Amnistía Internacional, 2017).
Los pueblos indígenas siguieron viéndose desplazados a la fuerza de sus propias tierras por agentes estatales y no estatales que buscaban su propio beneficio económico. Los proyectos de desarrollo amenazaron la cultura de estos pueblos y hasta dieron lugar al desplazamiento forzado de comunidades enteras. Además, con frecuencia se les negó una consulta significativa y su derecho al consentimiento libre, previo e informado. Luego de muchos años de reclamos y violencia de por medio, sus lideres consiguieron un avance positivo con el inicio de investigaciones de ámbito latinoamericano sobre mujeres y niñas indígenas desaparecidas y asesinadas denunciadas por el gobierno canadiense (Amnistía Internacional, 2017).
Hay debates que se han abierto, pero no se han resuelto aún; entre los más importantes está el referente a la titulación de tierras. En este asunto, las preocupaciones de las mujeres, los pueblos indígenas y otros pueblos rurales, así como la amenaza creciente del acaparamiento de tierras, demandan cada vez más innovación, cooperación y creatividad por parte de los movimientos. Pero, si de algo podemos estar seguros, es de que en los próximos 20 años de lucha seguiremos presenciando la evolución de la forma de pensar de los movimientos, así como de las visiones en relación con la tierra y el territorio (Rosset, 2016).
Consideraciones finales
En este contexto es un hecho que para las comunidades indígenas que habitan los bosques nativos, los cambios tecnológicos de la sociedad industrial y las incursiones de los actores de la economía de mercado requieren de un continuo ajuste para poder sobrevivir. La limitada capacidad de adecuación a las demandas de la sociedad no-indígena hace que los cambios les afecten de forma especial. Cada vez es más difícil para los indígenas de la región lograr un mínimo de subsistencia. Por ello los grupos indígenas se encuentran en una encrucijada que se ha agravado rápidamente por los cambios dramáticos de su medio ambiente durante los últimos años: la pérdida de la diversidad biológica erosiona su base material de sobrevivencia y la pérdida de tradiciones culturales debilita su base de valores y sus estructuras sociales.
En el proceso histórico de formación del Estado argentino, los pueblos indígenas fueron marginados, y muchas veces exterminados, de la participación plena en la vida nacional, sin respetar ni conservar sus pautas culturales y particularidades que lo identifican. Esta marginación aún hoy continúa impidiendo a los pueblos indígenas tener plena participación en los procesos políticos, económicos y de toma de decisiones de la sociedad nacional, y es generadora de conflictos de diversa índole. Esta situación se ve claramente en el hecho de que Argentina como país, aún no ha reconocido su carácter plurinacional, multicultural y pluriétnico; pero la Ley 26.331 representa un enorme avance para la protección del bosque nativo en Argentina. La sanción de esta ley instaló la necesidad del ordenamiento territorial en los sistemas políticos provinciales y en la opinión pública, con lo cual se fijó una base para nuevas alternativas de planificación que contemplen las dimensiones sociales, culturales, económicas y ambientales.
Referencias
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1 Doctora de la UNNE en el Área de Recursos Naturales. Profesora adjunta A/C de la Cátedra de Silvicultura de la Facultad de Ciencias Agrarias de la Universidad Nacional del Nordeste. Investigadora de Carrera de Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) perteneciente al Instituto de Botánica del Nordeste (IBONE)-CONICET-UNNE.
Recibido: 21/3/2018 • Aceptado: 20/7/2018