El plazo razonable de la detención preventiva en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y en la jurisprudencia de Colombia
DOI:
https://doi.org/10.15359/rldh.34-1.9Palabras clave:
Detención preventiva, garantismo penal, jurisprudencia, plazo razonableResumen
Este artículo aborda la importancia que tiene la Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, su carácter interpretativo y vinculante dentro de los sistemas normativos internos de cada país que han suscrito los tratados y convenios internacionales -tal es el caso colombiano-. El desarrollo del criterio de Plazo Razonable como garantía sustancial y procesal parte de la protección de los Derechos Humanos de las personas privadas de manera preventiva de la libertad, la cual debe ser incorporada en la legislación interna y aplicada de manera obligatoria por los órganos judiciales. Se concluye que en el Estado colombiano, a pesar de nunca haber sido condenado por algún caso en que se demuestre la duración excesiva de la detención preventiva como medida cautelar, sí existen antecedentes jurídicos que evidencian su uso. Algunos casos han sobrepasado el plazo razonable que limita la duración de la medida teniendo en cuenta las sentencias de la Corte contra otros países respecto a este motivo como causal de vulneración de derechos humanos y sobre las valoraciones periódicas acerca del uso de la prisión preventiva en las Américas.
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