Tensions and Challenges in Relation to the Enforceability of Economic, Social, and Cultural Rights in Argentina in the Light of Recent Events
DOI:
https://doi.org/10.15359/rldh.28-2.7Keywords:
Enforceability, justiciability, strategic litigation, economic, social and cultural rightsAbstract
This paper problematizes around the myths and truths of civil and political rights, and of economic, social, and cultural rights, especially with regard to their legal enforceability. To do this, the article takes a normative approach to how both "groups" of rights have been built over time, to move on to a detailed analysis of the main doctrinal and jurisprudential trends in the field. In turn, the paper draws a parallel between different theories of enforceability and conceptions of democracy. Finally, the article places emphasis on the present circumstances of the Argentine institutionality, which put at stake both the enforceability of economic, social, and cultural rights in the domestic level, and the leadership of the country on the subject at the regional level.
References
Abramovich, V. y Courtis, C. (1997). Hacia la exigibilidad de los derechos económicos, sociales y culturales. Estándares internacionales y criterios de aplicación ante los tribunales locales. En M. Abregú, y C. Courtis, La aplicación de los tratados internacionales sobre derechos humanos por los tribunales locales. Buenos Aires: Ed. Del Puerto/CELS, pp. 283-350.
-------- (2002). Los derechos sociales como derechos exigibles. Madrid: Ed. Trotta.
Abramovich, V. (2009). El Rol de la Justicia en la articulación de políticas y derechos sociales. En V. Abramovich y L. Pautassi, La Revisión Judicial de las Políticas Sociales. Buenos Aires: Ed.del Puerto, pp. 1-91.
ACNUDH (2009). Preguntas frecuentes sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Folleto informativo No 33. Ginebra, Naciones Unidas.
Asamblea General de Naciones Unidas (AG-ONU) (1984). Distintos criterios y medios posibles dentro del sistema de las Naciones Unidas para mejorar el goce efectivo de los derechos humanos y las libertades fundamentales.14 de diciembre de 1984 (A/RES/39/145).
CIDH (2007). El acceso a la justicia como garantía de los derechos económicos, sociales y culturales: estudio de los estándares fijados por el sistema interamericano de derechos humanos. Washington D.C.: OEA/Ser.L/V/II.
Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR) (1990). Observación General n° 3, “La índole de las obligaciones de los Estados Partes” (párrafo 1 del artículo 2 del Pacto).
Corti, H. (2010). Ley de Presupuesto y Derechos Fundamentales: los fundamentos de un nuevo paradigma jurídico-financiero. En El derecho constitucional presupuestario en el derecho comparado, Revista Jurídica de Buenos Aires (pp. 637-690). Buenos Aires: AbeledoPerrot.
Dworkin, R. (1993). Los derechos en serio. Barcelona: Planeta-Agostini (título original 1977).
Elías, J. S. (2011). Notas para pensar el control judicial de constitucionalidad. En R. Gargarella (Coord.), La Constitución en 2020. 28 propuestas para una sociedad igualitaria. Buenos Aires: Siglo XXI.
Fabre, C. (1998). Constitutionalizing Social Rights. Journal of Political Philosophy, vol. 6. https://doi.org/10.1111/1467-9760.00055
-------- (2000). Negative and Positive Rights. En C, Fabre. Social rights under the constitution: government and the decent life. New York: Oxford University Press.
Fairstein, C.; Kletzel, G. y García Rey, P. (2010). En busca de un remedio judicial efectivo: nuevos desafíos para la justiciabilidad de los derechos sociales. En P. Arcidiácono, N. Espejo y G. Rodríguez (coordinadores), Derechos Sociales: justicia, política y economía en América Latina. Bogotá: Editores Siglo del Hombre.
Ferrajoli, L. (1999). Derechos y Garantías: la ley del más débil. Madrid: Editorial Trotta.
Filippini, L. (2005). Sobre Pobreza, Igualdad y Derechos Humanos. En Revista Jurídica de la Universidad de Palermo, Año 6, Número 1, octubre 2005.
Gargarella, N. (1999). La democracia deliberativa en el análisis del sistema representativo. Disponible en https://www.insumisos.com/lecturasinsumisas/la%20democracia%20deliberativa%20en%20el%20analisis%20del%20sistema%20repres.pdf (15/7/17).
-------- (2010). Un papel renovado para la CSJN. Democracia e interpretación judicial en la constitución. En N. Gargarella. (Coord.), Teoría y Crítica del Derecho Constitucional. Buenos Aires: Abeledo Perrot, Tomo I, cap. VIII.
Hanisch, C. (1969). The Personal is Political. Disponible en http://www.carolhanisch.org/CHwritings/PIP.html
Holmes, S. y Sunstein, C. R. (2011). Introducción. En S. Holmes y C. Sunstein. El costo de los derechos: Por qué la libertad depende de los impuestos, 1ª ed. Buenos Aires: Siglo XXI Editores.
Hunt, P. (1996). Introduction. En P. Hunt. Reclaiming Social Rights: International and Comparative perspectives. Aldershot: Dartmouth Publishing Company.
Martínez de Pisón, J. (2009). Los derechos sociales: unos derechos controvertidos. En V. Zapatero e I. Garrido, Los derechos sociales como una exigencia de la justicia. Madrid: Universidad de Alcalá.
Maurino, G. (2016). El máximo de los recursos disponibles como estándar para la realización y la exigibilidad de DESC (crónica de una imposibilidad) (Clase 5). En El análisis presupuestario en el litigio por derechos Económicos, Sociales y Culturales (curso en línea). Buenos Aires: ACIJ-CDH-FUNDAR.
Montero, J. (2008). ¿Cómo judicializar los derechos económicos y sociales en una democracia deliberativa? En M. Alegre, R. Gargarella y C. Rosenkrantz (eds.), Homenaje a Carlos S. Nino. Buenos Aires: La Ley.
Monti, E. (2011). Democracia deliberativa y derechos sociales: ¿Qué deben hacer los jueces? Lecciones y Ensayos, Nº. 89, Buenos Aires, pp. 367-403.
Nino, C. (1997). La Constitución de la Democracia Deliberativa. Barcelona: Gedisa.
Pérez, A. (2017). ¿Un mostrador donde reclamar? En torno a la exigibilidad de los derechos económicos, sociales y culturales. Revista Perseo Nº 54, Ciudad de México, PUDH-UNAM, agosto 2017. Disponible en: http://www.pudh.unam.mx/perseo/category/un-mostrador-donde-reclamar-en-torno-a-la-exigibilidad-de-los-derechos-economicos-sociales-y-culturales/ (13/10/17).
Pinto, M. (1997). El principio pro homine. Criterios de hermenéutica y pautas para la regulación de los derechos humanos. En M. Abregú, y C. Courtis, en La aplicación de los tratados internacionales sobre derechos humanos por los tribunales locales. Buenos Aires: Del Puerto/CELS, pp. 283-350.
Piovesan, F. (2004). Derechos sociales, económicos y culturales y derechos civiles y políticos. 1 Sur Revista de Derechos Humanos, pp. 7-33.
Pisarello, G. (2009). Los derechos sociales y sus enemigos: elementos para una reconstrucción garantista. En AAVV, Defender y repensar los derechos sociales en tiempos de crisis. Barcelona: Observatorio DESC, diciembre, 2009.
Sagües, N. P. (2003). Las relaciones entre los tribunales internacionales y los tribunales nacionales en materia de derechos humanos. experiencias en Latinoamérica. Ius et Praxis, vol. 9, núm. 1, pp. 205-221, Universidad de Talca, Talca, Chile. https://doi.org/10.4067/S0718-00122003000100011
Saura Estapà, J. (2011). La exigibilidad jurídica de los derechos humanos: especial referencia a los derechos económicos, sociales y culturales (DESC). En Working Papers El Tiempo de los Derechos, Huri-Age, Consolider-Ingenio 2010, España.
Van Hoof, F. (1984). The Legal Nature of Economic, Social and Cultural Rights: A Rebuttal of Some Traditional Views. En P. Alston, y K. Tomasevski (eds.), The Right to Food, Utrecht.
Downloads
Published
How to Cite
Issue
Section
License
El material que se publica en esta Revista está bajo una licencia “Creative Commons” 3.0 Costa Rica (CC, Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 3.0 Costa Rica (CC BY-NC-ND 3.0 CR) . Esto significa que el material publicado en la revista se puede compartir (copiar y distribuir) en cualquier medio o formato considerando que se debe reconocer de forma adecuada la autoría del material y la fuente, no puede utilizarse con fines comerciales y no se aceptan las obras derivadas (remezclar, transformar o crear a partir del material).