Sistemas de vigilância e seus efeitos sobre o direito à privacidade do discurso de segurança
DOI:
https://doi.org/10.15359/rldh.33-1.2Palavras-chave:
segurança, privacidade, sistemas de vigilância, poderResumo
Atualmente existem sistemas de vigilância, como as ferramentas de reconhecimento facial, que justificam sua existência na noção de segurança pessoal e do Estado. No entanto, este desenvol- vimento tecnológico e o objetivo de proporcionar uma sensação de segurança estão em conflito com os direitos fundamentais. Este texto busca analisar como os sistemas de reconhecimento facial, enquadrados na ideia de oferecer segurança, colocam em risco os direitos à privacidade e à intimidade. Para o cumprimento do objetivo, utiliza-se um diálogo interdisciplinar entre os elementos jurídicos e a teoria social. O primeiro para entender o direito à privacidade e o segundo, para analisar sistemas de segurança enquadrados em um discurso de poder.
Referências
Álvarez, M. (2015). Derecho al olvido en internet: el nuevo paradigma de la privacidad en la era digital. Derecho al olvido en internet, 1-144.
Alto Comisionado de Las Naciones Unidas para los Refugiados. Promoción y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo. https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2016/10390.pdf
Bauman, Z. (1999). La globalización Consecuencias Humanas. Traducción de Daniel Zadunaisky. Buenos Aires. Fondo de la Cultura y la Economía.
Bauman, Z. (2007). Tiempos Líquidos. Vivir en una época de incertidumbre. Traducción de Carmen Coral. España: Editorial Tusquets Editores, S. A.
Bauman, Z. (2010). Miedo Líquido. Traducido por Albino Santos Mosquera. España: Editorial Ediciones Paidós.
Bauman, Z. y Lyon, D. (2012). Vigilancia Líquida. España: Editorial Ediciones Paidós. Bjørn, M. (1996) Conceptos sobre seguridad: nuevos riesgos y desafíos. Reviewed work(s): Source: Desarrollo Económico, vol. 36, no. 143, pp. 769-792. Published by: Instituto de Desarrollo Económico y Social Stable. Recuperado de http://www.jstor.org/stable/34672
Childress, S. (2010). The rigth to privacy. New Orleans, Lousiana: Editorial Quis Prod Books.
Conesa, M. (1984). Derecho a la intimidad, informática y Estado de Derecho. Valencia,
España: Universidad de Valencia.
Convención Americana de Derechos Humanos, del 7 al 22 de noviembre, 1969. http://relapt.usta.edu.co/images/1969-Convencion-Americana-sobre-Derechos-Humanos.pdf
Convención Europea para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, 1 de noviembre, 1998. https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/ BDL/2002/1249.pdf
Convención sobre los Derechos del Niño, 20 de noviembre, 1989. https://www.un.org/es/events/childrenday/pdf/derechos.pdf
Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares. Adoptada por la Asamblea General en su resolución 45/158, del 18 de diciembre, 1990. https://www.ohchr.org/sp/professionalinterest/ pages/cmw.aspx
Convenio 108 del Consejo de Europa, del 28 de enero de 1981, para la protección de las personas respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal. https:// habeasdatacolombia.uniandes.edu.co/wp-content/uploads/Convenio108-19811.pdf
Declaración Universal de Derechos Humanos, 10 de diciembre, 1948. https://www.ohchr.org/EN/UDHR/Documents/UDHR_Translations/spn.pdf
Diccionario panhispánico del español jurídico (2020). https://dpej.rae.es/lema/intimidad
Directiva 95/46/ del Parlamento Europeo y del Consejo, 1995. https://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CELEX:31995L0046:es:HTML
Directiva 2016/680 del Parlamento Europeo y del Consejo, 2016. Recuperado de https://
eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=uriserv:OJ.L_.2016.119.01.0089.01.SPA
Foucault, M. (1975). Vigilar y Castigar. Nacimiento de la prisión. Traducido por Aurelio Garzón del Camino. Siglo XXI Editores, S. A. Buenos Aires, Argentina.
Foucault, M. (1976). Defender la Sociedad. Curso en Collage de France. Fondo de la Cultura y la Economía. Buenos Aires, Argentina.
Foucault, M. (1977). Seguridad, Territorio y Población. Curso en Collage de France. Fondo de la Cultura y la Economía. Buenos Aires, Argentina.
Herrán, I. (1999). La violación de la intimidad en la protección de datos personales. Madrid, España. Editorial Dykinson.
Jain, A. K. y Pankanti, S. (2008). Beyond fingerprinting. Scientific American, 299 (3), 78-81. Kelion, L. (2019). Amazon heads off facial recognition rebellion. BBC. https://www.bbc.com/news/technology-48339142?fbclid=IwAR1YU0eScJofK0DxscAd-Gzk55-n0SzG7417N23Stz84V7fHeJv62qEZEGx4
Larson, B. Strong, A. Bieler, K. Imboden H. Hanlon, E. Berndt, J.. (1994). Publicado para el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). Informe sobre desarro- llo humano. http://hdr.undp.org/sites/default/files/hdr_1994_es_completo_nostats.pdf
Lucena, I. (2014). El concepto de la intimidad en los nuevos contextos tecnológicos. La protección jurídica de la intimidad y de los datos de carácter personal frente a las nuevas tecnologías de la información y comunicación. Coords. Alfonso Galán Muñoz y Mónica Arribas.
Møller, B. (1996). Conceptos sobre seguridad: nuevos riesgos y desafíos. Desarrollo Económico, 769-792.
Naciones Unidas. (2011). Anotaciones a la agenda n.° 17, periodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos. https://www2.ohchr.org/english/bodies/hrcouncil/docs/17ses- sion/A.HRC.17.1_sp.pdf
Naciones Unidas. Asamblea General. (2016). El derecho a la privacidad en la era digital. Naciones Unidas. (2016). Promoción y protección de derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo. https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2017/10877.pdf
Orozco, G. (2015). El concepto de la seguridad en la teoría de las relaciones internacionales. http://www.flacsoandes.edu.ec/system/tdf/%25f/agora/files/conceptoseguridadtri. pdf?file=1&type=node&id=62702
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, 16 de diciembre, 1966. https://www.ohchr.org/documents/professionalinterest/ccpr_sp.pdf
Ramonet, I. (2015). El Imperio de la Vigilancia. Traducción de Martín Sacristán. Madrid: Editorial Clave Intelectual.
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