DERECHO TERRITORIAL INDÍGENA COMO DERECHO HUMANO. UN ANÁLISIS DEL PROCESO DE AUTODEMARCACIÓN DE TERRITORIOS INDÍGENAS EN VENEZUELA (1999-2014)
DOI:
https://doi.org/10.15359/rldh.26-2.8Palavras-chave:
pueblos indígenas, derechos territoriales, derechos humanos, demarcación territorial, indigenous peoples, land rights, human rights, territorial demarcation.Resumo
La Constitución de 1999 de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) reconoce los derechos indígenas, entre los cuales se encuentra el territorial. De acuerdo con lo que señala el artículo 119 de dicha Carta Magna, el derecho al territorio de estas poblaciones se ejerce a través de la política pública de la demarcación, entendida como el proceso en el que se deslinda su espacio territorial, proceso realizado por el Estado con participación de los pueblos y comunidades por demarcar, para posteriormente titular la propiedad colectiva de estos grupos.
A 15 años de aprobada la Constitución, este proceso de deslinde ha sido lento y equívoco. La demora ha ocasionado que, en la actualidad, estos grupos humanos se encuentren acechados por intereses externos (minería ilegal, proyectos de desarrollo, fuerzas irregulares, entre otros), los cuales amenazan su existencia como culturas diferenciadas ya que el derecho al territorio es un Derecho Humano fundamental para su supervivencia.
El presente artículo, es resultado de una investigación de campo. En una primera parte, se analiza la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas (LOPCI) (2005) en Venezuela, con el propósito de esclarecer en cuál etapa es que se paraliza el proceso de deslinde territorial.Posteriormente, se detalla, como consecuencia de lo anterior, cuántas comunidades y pueblos indígenas se han demarcado y titulado desde el 2005 hasta el 2014. Finalmente, abordamos en las conclusiones, algunos elementos que podrían echar andar nuevamente este proceso de deslinde territorial en Venezuela y alertamos, de su importancia para la supervivencia de estos grupos humanos.
Indigenous territorial rights as a human right;
an analysis of the (auto) demarcation of indigenous territories process in Venezuela (1999-2014)
Abstract
The 1999 Constitution of the Bolivarian Republic of Venezuela (CBRV) recognizes Indigenous Rights; among them, the territorial claims. In agreement with what is stated in the article 119 of the Magna Carta, the right to the territory of these populations is exercised through the public policy of demarcation, which is understood as the process in which its territorial space is disclaimed, made by the State in participation with the peoples and communities to be demarcated, subsequently to entitle the collective ownership for these human beings groups.
Fifteen years after the Constitution was approved, this process of delineation has been slow and misleading. This delay has caused that in the present, these human beings groups are being stalked by outside interests (illegal mining, development projects, irregular forces, among others) who threaten their existence as distinct cultures; since the right to territory is a fundamental human right for their survival.
This article is the result of a field research. In the first part, the study analyzes the Organic Law of Indigenous Peoples and Communities (LOPCI) (2005) in Venezuela, with the purpose of clarifying at what stage the territorial demarcation process is paralyzed; and as a result, it describes how many communities and indigenous peoples have been demarcated and entitled from 2005 to 2014.
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