Código de ética

 

I. Sobre malas prácticas, sesgos y errores inadmisibles

  1. Modalidades de plagio y manipulación de citación. Por ejemplo: citación inadecuada de fuentes secundarias; atribución incorrecta de citas; aplicación impropia de la norma de citación; sustracción o adición de palabras a una cita que induzca a una mala interpretación; uso excesivo de la autocita; detección de patrones repetitivos o redundantes al citar que dirijan a sospecha.
  2. Plagio directo e indirecto (copiar y pegar): cuando se toma, transcribe, duplica y parafrasea, deliberada o inconscientemente, partes o la totalidad de determinada obra apropiándose y falsificando la autoría de la misma.
  3. Irrespeto de la privacidad de otros. Cuando se omite el uso de consentimiento informado o hacer uso no autorizado de la imagen de terceros.
  4. Los refritos o publicación redundantes: uso de partes de obras ya publicadas como si se tratara de material inédito.
  5. La inclusión de personas autoras que no han participado en la investigación o proceso de elaboración del artículo o la exclusión de personas autoras que han participado en la investigación o proceso de elaboración del artículo.

II. Sobre autorías y contribuciones

  1. Se exige la entrega “Carta de concesión de derechos para publicación”, misma en las cuales los autores dan fe de la autoría de sus propuestas y autorizan a esta revista para ser publicadas en caso de que superen los filtros y fases del proceso editorial. Además, de este modo se espera evitar la omisión de participantes directos de la elaboración de los documentos (autores fantasma), o bien, su aparición no autorizada (autores regalo).
  2. En los casos en los que surja duda sobre las autorías, los postulantes deberán explicar vía correo electrónico la situación. Además, ningún retiro de autores se hará sin contar con una nota de aceptación de la persona retirada. Cuando existan casos de orden físico o material (por ejemplo, problemas de salud o fallecimiento), el equipo editorial resolverá conforme a las especificidades del caso particular.

III. Apelaciones y quejas

  1. Se atenderán y resolverán argumentos o apelaciones relacionadas con el rechazo de las propuestas de los postulantes de manera eficiente y sin que esto suponga un compromiso de publicación. Lo anterior no aplica en caso de que el caso refiera a uno en que se haya cometido alguna infracción contenida en el primer apartado “Sobre malas prácticas, sesgos y errores inadmisibles”.
  2. Para ello, el interesado deberá remitir una carta vía correo electrónico en donde explique de manera clara, concisa y argumentada la situación.
  3. Cuando se trate de denuncias por modalidades de plagio, la revista aplicará mecanismos de detección propios para verificar la situación. En caso necesario, recurrirá a un peritaje externo y resolverá atendiendo a la normativa institucional, nacional e internacional que corresponda.
  4. Cuando las apelaciones estén relacionadas con el resultado de un arbitraje, se valorarán los argumentos fundamentados que expongan las personas autoras siempre y cuando resulten procedentes a este código. En caso de que persista duda, se recurrirá a un nuevo arbitraje que defina el resultado sin posibilidad de una segunda apelación.
  5. Las quejas relacionadas con la conducta de las personas del equipo editor o técnico de la revista, serán atendidas por los restantes integrantes del equipo editor. Inclusive, si el caso lo amerita, se recurrirá a los mecanismos jurídicos establecidos por la Universidad Nacional en general.

IV. Conflictos de interés

  1. La revista promueve el uso de la declaración de conflictos de interés como herramienta de transparencia. Condiciones de orden personal, relación laboral, el financiamiento o apoyo con recursos, etc., debe ser identificado por los autores y explicado mediante un carta vía correo electrónico.
  2. Autores, revisores e integrantes del equipo editorial y técnico de la revista deben indicar si media algún interés que pueda afectar la efectividad u objetividad de las tareas que desempeña para la publicación. Los autores lo harán al postular su artículo; evaluadores, al recibir la solicitud de arbitraje o en el momento en el que identifiquen algún elemento que pueda influenciar el resultado de la revisión, para lo cual deberán informar oportunamente al Consejo Editorial para que los sustituya.
  3. En caso de que se detecte un conflicto de interés en un artículo ya publicado, se atenderá la situación conforme al tercer apartado sobre “Apelaciones y quejas”.