REVISTA 97.2
Revista Relaciones Internacionales
Julio-diciembre de 2024
ISSN: 1018-0583 / e-ISSN: 2215-4582
doi: https://doi.org/10.15359/97-2.7
Más allá del Derecho Internacional y la sostenibilidad: reseña del libro Blue Planet Law. The Ecology of our Economic and Technological World (2020) Judith Pereira Vásquez1 |
El cambio climático es, quizás, la problemática actual más grande y retadora que debe afrontar la humanidad. Sus consecuencias se muestran en diversas zonas del planeta debido al aumento generalizado de la temperatura en 1.1° comparado al periodo previo a la Revolución Industrial.
El Panel Intergubernamental de Cambio Climático (IPCC), ha revelado en su último informe, titulado Synthesis Report Summary for Policymakers, publicado en el 2023 que, como parte de estas repercusiones se intensificarán las precipitaciones y con ello, las inundaciones locales, así como la inevitable subida del nivel del mar aumentará la vulnerabilidad y los riesgos en ecosistemas costeros, personas e infraestructura.
La lucha contra el cambio climático no es única ni exclusiva, pues representa también los esfuerzos contra la pérdida de biodiversidad, erosión de los suelos y degradación de los océanos. Por esta razón, el desafío debe ser afrontado por el sistema internacional de manera urgente y colectiva. Se han gestado múltiples esfuerzos desde la Conferencia de Estocolmo en 1972, en la cual se reconoció la influencia y el impacto negativo de las actividades humanas en el medio ambiente y cómo estas deben ser redefinidas e integradas en actividades de índole socioeconómica y de abordaje de la pobreza. Esta idea innovadora fue insumo para lo que más adelante sería la creación del término “desarrollo sostenible” por parte de la Comisión de Brundtland.
El libro Blue Planet Law, The Ecology of our Economic and Technological World, editado por Maria Da Glória Garcia y António Cortês (2023), reúne a más de treinta autores y forma parte de la serie “Sustainable Development Goal Series”. Su objetivo principal es conmemorar medio siglo desde que ocurrió la Conferencia de Estocolmo y generar una reflexión sobre el camino para construir el Derecho Global sobre los ecosistemas de la tierra.
Este libro consta de veintiocho capítulos agrupados en cuatro secciones con enfoques como la sustentabilidad global, océanos, política y legislación y recursos genéticos. Esta obra brinda recomendaciones y observaciones sobre los procesos de gobernanza para abordar las problemáticas de los océanos, del cambio climático y los ecosistemas en general.
La primera sección denominada “Foundations of global Ecological Sustainability” está encabezada por el capítulo “Blue Planet Law and Ecological Sustainability in the Twenty-First Century” el cual hace referencia a la era geológica en la que nos encontramos, el antropoceno. Esta era está caracterizada por el impacto de las actividades humanas sobre la tierra y sus recursos naturales, donde la mayoría de las problemáticas están asociadas a la atmósfera y al océano; ambos azules, de allí la necesidad de crear una ley de planeta azul blue planet law, que representa de mejor manera este planeta, más que el tradicional color verde asociado al medio ambiente.
Más allá de un debate de color, resalta la necesidad de incluir la responsabilidad por el futuro, haciendo referencia a todas las crisis medioambientales que van a repercutir en la disposición de recursos de las siguientes generaciones. Asimismo, de una manera optimista, también repasa los principales esfuerzos y logros del Derecho Internacional como las diversas conferencias y el Acuerdo de París y el papel clave que juega el conocimiento científico en la toma de decisiones en el nivel internacional.
De igual manera se abarca el marco constitucional ambiental de la Unión Europea y una exhaustiva revisión de su Tratado de Funcionamiento (TFEU). Saca a relucir su capacidad de acuerdo supranacional para establecer parámetros, objetivos y acciones en todo Europa y por supuesto el rol que el Pacto Verde Europeo juega en el nivel internacional.
Se refuerza la tesis de que esta problemática global debe ser abordada desde la ética política y con solidaridad ante un escenario tan angustiante, donde cada una de las personas que habita en este planeta tiene una responsabilidad compartida. Se aborda también la analogía del planeta como el hogar común que compartimos todas las personas; por ende, cada quien tiene una responsabilidad sobre nuestra “casa común” basándose en la encíclica Laudato sí del papa Francisco.
La segunda parte de este libro, “Climate, Ocean and Biodiversity Protection”, inicia con un recorrido general sobre la historia climática y el escenario actual, remarcando cómo las actividades humanas, en particular el uso de combustibles fósiles y con ellos la acumulación de CO2, han contribuido a crear la crisis climática que afrontamos.
Se integra por primera vez el concepto de justicia climática, que reconoce las dimensiones sociales del cambio climático pues sus efectos adversos afectan de manera distinta y desproporcionada a las diferentes poblaciones. Se plantean cuestionamientos respecto a los niveles de contaminación que tienen graves repercusiones en el ambiente y también en la salud pública, pero ¿quién va a tomar la responsabilidad por todos los daños? Es una interrogante que debe ser analizada en el marco del derecho internacional.
Se aborda el rol de los juzgados y se incorpora el componente oceánico en sus reflexiones; a las cortes se les presenta como un actor más activo que pasivo en la búsqueda de la justicia, pues tienen la potestad de imponer medidas ambiciosas contra el cambio climático.
Se manifiesta la utilidad de las opiniones consultivas que, si bien no son vinculantes, ejercen presión y en muchas ocasiones orientan la acción climática internacional. Se insiste en que la amenaza hacia los océanos es evidente, los arrecifes de coral son cada vez más vulnerables al calentamiento global y la acidificación de los océanos, a pesar de ser fundamentales para mantener la estabilidad de los ecosistemas, la producción de oxígeno, y abastecer incluso a 500 millones de personas que dependen de sus recursos. Por esta razón es vital incluir a las comunidades en las estrategias de protección y preservación de estos pequeños ecosistemas, de las áreas marinas protegidas (MPAs) y en los modelos de economía azul que se promuevan con el Acuerdo de París y los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Bajo el nombre “Law, Policy and Ecological Sustainability”, esta tercera parte aborda los movimientos internacionales que abogan por una transición energética justa, promoviendo modelos de energías limpias. En este marco se propone la existencia de un pacto mundial por la minería con la finalidad de salvaguardar los recursos naturales, así como su uso racional y sostenible.
La tragedia de los bienes comunes cuestiona cómo la falta de propiedad de los recursos naturales abre un portillo para su uso desmedido, como la sobrepesca, por lo que marcos regulatorios internacionales son cada vez más necesarios, como es el caso del Convenio de Basilea y el Acuerdo sobre medidas del Estado Rector del puerto.
Esta parte de la obra demuestra cómo existe una intersección crítica del derecho internacional, la sostenibilidad ambiental, el cambio climático y la salud de los océanos. Se describe la evolución de los marcos jurídicos que rigen los recursos marinos en el nivel internacional, como la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS) y otros instrumentos típicos del soft Law, para promover prácticas pesqueras responsables y garantizar la conservación de los ecosistemas marinos. Todos estos instrumentos requieren de un gran compromiso en el nivel nacional para traducir todas estas acciones en prácticas afirmativas de la conservación.
El libro culmina con una sección denominada Law, Genetic Resources and Biotechnology; se incorpora por primera vez la importancia de los edificios para minimizar las emisiones de gases de efecto invernadero y el consumo de energía. Al mismo tiempo, respalda las soluciones basadas en la naturaleza, incluidas las infraestructuras azules y verdes o Blue-Green Infrastructures (BGI) como los sistemas de techado con vegetación con sus respectivos marcos jurídicos que incentiven y permitan su construcción a la vez que se mejoran los sistemas de manejo de aguas.
De igual manera, se analizan los marcos legales que rigen los Recursos Genéticos Marinos (MGR), que pueden ser entendidos como los recursos biológicos que se encuentran en los océanos y que tienen potencial para aplicaciones científicas y comerciales. Se enlistan los compromisos adquiridos en Río+20 que posteriormente, fortalecieron los instrumentos y decisiones del UNCLOS en términos de conservación de la diversidad biológica marina.
Menciona el triunfo que significó la adopción de la resolución 72/249 por parte de la Asamblea General de las Naciones Unidas para el desarrollo de un instrumento internacional que sea legalmente vinculante respecto a la biodiversidad marina existente en aguas internacionales que se encuentran fuera de la jurisdicción nacional.
Este libro concluye haciendo referencia a las dinámicas del cambio climático asociadas a la seguridad alimentaria y el uso de bacteriófagos como un método efectivo y seguro para el biocontrol de agentes patógenos que pueden ser esparcidos a través de los alimentos.
Blue Planet Law es un libro enriquecedor, pues al contar con la perspectiva de diversidad de personas autoras e investigadoras, se nutre la comprensión de cómo un sistema global enfrenta problemáticas de gran escala.
Reúne desde los conceptos más básicos sobre qué es el cambio climático y su historia, la relación con los océanos que componen este planeta azul y las afectaciones que sufre la vida marina, de gran importancia ecosistémica como los corales. Contiene críticas contundentes que se reiteran a lo largo de la obra sobre cómo el Derecho Internacional existente aún tiene muchos vacíos para cubrir adecuadamente las problemáticas medioambientales modernas y en especial para la conservación.
Dentro de los aportes a las Relaciones Internacionales, puede mencionarse el desafío que realiza en varias ocasiones al concepto tradicional de soberanía, tan presente en esta área, ya que cuando es aplicado a los recursos naturales que pertenecen a la humanidad, su cuidado y disposición recaen en las autoridades del territorio que ocupan. Por lo que la soberanía podría resultar en una trampa para la conservación, en la cual no se puede regular el uso o la gestión de los recursos, el daño que se les pueda ocasionar y la afectación a toda la humanidad.
De igual manera, cuestiona el término emergencia climática que ha tomado fuerza en los últimos años, sin embargo, aísla el problema del concepto y el entendimiento del calentamiento global como un fenómeno y sus consecuencias. Se mencionan conceptos valiosos como el de Justicia climática que explica de forma clara por qué el componente social debe ser tomado en cuenta al analizar los desafíos, consecuencias y soluciones de esta problemática.
También incluye el principio de quién contamina paga, que traslada las responsabilidades económicas a los grandes emisores y contaminadores. Se utiliza como una muestra del amplio marco jurídico existente y los alcances que pueden lograrse. El cual, si bien no se encuentra unificado y queda sujeto a interpretación, sí muestra avances significativos que dan pie a un trabajo multidisciplinario sobre la creación de estrategias de prevención y gobernanza de la contaminación con un enfoque social.
Sin embargo, más allá de los conceptos, el mayor aporte que realiza la obra en el campo de las Relaciones Internacionales se basa en la incorporación del componente científico dentro de áreas que tradicionalmente no lo consideran, como el derecho internacional, espacios de toma de decisión e inclusive las narrativas de sustentabilidad.
Señala la interdisciplinariedad entre las Ciencias Sociales y Exactas como parte de una responsabilidad global que permite trascender las fronteras tradicionales del derecho para realizar un análisis fundamentado en evidencia científica, más allá de la mera descripción de los hechos. Extrapolar el conocimiento científico para integrarlo en dichas áreas, es una necesidad urgente para atender los problemas ambientales internacionales. En este sentido, la incorporación de la ciencia como un factor clave en los casos de litigio y en las narrativas ecológicas enriquece las perspectivas judiciales, ofreciendo a la judicatura herramientas más sólidas para deliberar en favor del desarrollo sostenible y la justicia ambiental.
Este es un libro para quienes no poseen amplio conocimiento sobre la multilateralidad o desconoce cuál es la agenda internacional de Cambio Climático, Conservación y Derecho Internacional Ambiental, dado que enlista los principales mecanismos de gobernanza global para comprender la gestión climática y oceánica como conferencias y sus respectivos acuerdos, protocolos, u otros instrumentos que si bien pueden no ser vinculantes, son la mejor herramienta que se tiene para hacer frente a esta problemática. Además, muestra la paradójica asimetría existente entre la cantidad de conocimiento acumulado sobre los problemas medioambientales y sus posibles soluciones, y las pocas acciones desarrolladas por los estados gracias a ciertas “reglas artificiales” que rigen el sistema internacional, que es incapaz de evitar un colapso ambiental y climático mientras tiene toda la información a su disposición.
Desde la perspectiva del Derecho Internacional, se promueve constantemente la adopción de más y mejor legislación, así como un mayor control y enfoques interseccionales. Si bien se mencionan algunos casos puntuales de países como Portugal y Brasil, que han obtenido resultados positivos en la gestión de sus recursos naturales, el abordaje principal son las mejoras necesarias para la legislación de la Unión Europea, destacando sus avances, logros y retos. No obstante, se dedican dos capítulos exclusivamente a este tema, sin considerar que existen otras normativas ambientales robustas que valen la pena estudiar y proponer como buenas prácticas que podrían adoptarse, como las de Finlandia, los Países Bajos y Alemania (OECD, 2016).
Inclusive, queda por afuera el importante papel de la sociedad civil organizada, si bien se mencionan grupos vulnerabilizados y dependientes de los ecosistemas; no se menciona el rol tan fundamental que cumplen como mecanismos de presión en la implementación de medidas ambiciosas contra el cambio climático, creación de mejor legislación y la exigencia de justicia.
De igual manera es una guía útil para comprender la relación de la ciencia y un sistema internacional altamente competitivo, al explicar de manera contundente cómo los recursos marinos tienen una amplia importancia ecosistémica y de subsistencia para comunidades más allá de lo económico. Subraya cómo las problemáticas como la sobrepesca y la contaminación repercuten en la vida marina, que forman parte de una misión más amplia en el combate contra la crisis climática.
Además, señala cómo la ciencia propone alternativas para la salud de los ecosistemas frente a la coyuntura internacional; un claro ejemplo es la biotecnología, capaz de encontrar curas, vacunas y alternativas para evitar la propagación de virus letales y las soluciones basadas en la naturaleza.
Este libro logra explicar con una perspectiva científica, crítica y esperanzadora, el escenario global al que nos enfrentamos de manera colectiva y cómo el derecho internacional puede robustecer la lucha climática con un enfoque no solamente en los hechos, sino también en la ciencia.
García, M. G., & Cortês, A. (Eds.). (2023). Blue planet law: The ecology of our economic and technological world. SpringerLink. Sustainable Development Goals Series.
IPCC. (2023). Climate Change 2023: Synthesis Report Summary for Policymakers. Intergovernmental Panel on Climate Change. https://www.ipcc.ch/report/ar6/syr/downloads/report/IPCC_AR6_SYR_SPM.pdf
Naciones Unidas. (s. f.). Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano. Naciones Unidas. https://www.un.org/spanish/conferences/wssd/unced.html#:~:text=La%20Conferencia%20de%20Estocolmo%20de%20y%20la%20’contaminaci%C3%B3n%20transfronteriza
OECD. (2016). How stringent are environmental policies? Policy Perspectives. Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OECD).
1 Escuela Relaciones Internacionales. Universidad Nacional. Estudiante de Bachillerato en Relaciones Internacionales. Correo electrónico: judith.pereira.vasquez@est.una.ac.cr
Fecha de recepción: 7 de noviembre del 2024 / Fecha de aceptación: 14 de noviembre del 2024 / Fecha de publicación: 2 de diciembre del 2024
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